A- de 2010
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Jorge Enrique Pineda Rodriguez Y Otro Vs Juzgado Sexto Civil Del Circuito De Bucaramanga Y Otros·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia excepcional para verificar el efectivo cumplimiento del fallo
- Forma parte de la jurisdicción constitucional
- Competencia del juez de primera instancia
- Competencia de Juzgado Civil del Circuito en sentencia T-923/08
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento de la sentencia T-597 de 2006.
La Sala aclara que es el juez de primera instancia, quien debe verificar si ha existido o no incumplimiento de las órdenes impartidas en la mencionada sentencia, y en caso afirmativo debe adoptar las medidas conducentes al efectivo cumplimiento de las mismas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud promovida por la senora Maria Smith Luque Reyes y el senor Jorge Enrique Pineda Rodriguez que la Corte Constitucional por via excepcional haga cumplir la sentencia T-597 de 2006.
- Segundo. ORDENAR la remision del escrito de cumplimiento de la sentencia T-597 de 2006 a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil, para que actue de conformidad con sus competencias.
- Tercero. COMUNICAR a la senora Maria Smith Luque Reyes y el senor Jorge Enrique Pineda Rodriguez de la decision adoptada en este auto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.